¿Es posible la trasposición al seguro Mupiti Profesional de todas las modificaciones en el régimen aplicable a los trabajadores autónomos?

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La Mutualidad es una entidad aseguradora privada sin ánimo de lucro que ejerce una modalidad aseguradora de carácter voluntario y complementario al Sistema de la Seguridad Social, mediante las aportaciones de sus mutualistas. Además de complementaria al sistema de la Seguridad Social, la Mutualidad es alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y, como tal, la normativa que soporta este instrumento alternativo, entre otras, es la propia regulación de la Seguridad Social.

De acuerdo con la propia denominación “mutualidad de previsión social” y la responsabilidad de la Mutualidad, respecto de los mutualistas y sus beneficiarios,  de reconocimiento y pago de las prestaciones económicas que puedan corresponder en cada caso, Mupiti actúa empleando los medios que se entienden más adecuados con el fin de atender las necesidades de sus mutualistas.

El objetivo es lograr un adecuado nivel de prestaciones tanto económicas como sociales y humanas, dando protección a los mutualistas que integran la Mutualidad, ante las contingencias de fallecimiento, viudedad, orfandad, jubilación y situaciones de dependencia y enfermedad.

Siendo un sistema de carácter privado y voluntario, que es alternativo y a la vez complementa al sistema de previsión social público, la necesidad de cumplir con el objetivo de la Mutualidad, no siempre permite la aplicación de las ventajas que se establecen en el régimen de la Seguridad Social.

En los últimos años, el empleo autónomo está siendo objeto de cambio y son constantes las modificaciones legislativas que han entrado en vigor, tanto a nivel Estatal, como en el ámbito de competencia autonómica y local, incorporándose medidas destinadas al fomento y a la promoción del trabajo por cuenta propia. Entre ellas, las más significativas, por su efecto directo e inmediato, son aquellas que afectan a las cuotas del trabajador, concretamente, las reducciones y bonificaciones aplicables a estas cuotas. Esto llevado al campo de actuación de Mupiti como opción alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), para peritos e ingenieros técnicos industriales y para los graduados en ingeniería que realizan el ejercicio de la actividad profesional por cuenta propia, a través del seguro Mupiti Profesional, que es el instrumento para acceder a este régimen alternativo, la respuesta de la Mutualidad ha sido la de trasponer el sistema de reducciones y bonificaciones de las cuotas previsto en la regulación del régimen de la Seguridad Social al seguro, pero sin poder hacer efectivas todas las peculiaridades que en ella se manifiestan.

Teniendo en cuenta que estas medidas, aunque destinadas al fomento del trabajo autónomo, afectan a la disminución del ahorro individual a la jubilación de los mutualistas, hemos de valorar las posibles implicaciones y hacer un profundo esfuerzo, que nos permita mantener nuestro compromiso con la previsión social, que es el fin último de la Mutualidad.