IMPORTANTE Comunicación a la TGSS de los Profesionales Colegiados integrados en la Mutualidad como alternativa al RETA

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Recientemente se ha producido la modificación legislativa introducida por la Disposición final trigésima octava de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

En concreto, a través del punto Cinco de dicha disposición, se incorpora un nuevo apartado 4 a la Disposición adicional decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, relativa al “Encuadramiento de los profesionales colegiados”, con la siguiente redacción:

“4. Las mutualidades de previsión social autorizadas para actuar como alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, desde el 1 de marzo de 2021, deberán poner a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social antes de finalizar el mes natural siguiente a la situación de alta o de baja, de forma telemática, una relación de los profesionales colegiados integrados en las mismas como alternativas al citado régimen especial en la que se indique expresamente la fecha en que quedó incluido cada uno de ellos, cuál es su actividad profesional y, en su caso, la fecha de baja en la mutualidad por cese de actividad.”

En consecuencia, con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley el pasado 1 de enero de 2021, Mupiti, como mutualidad de previsión social autorizada para actuar como alternativa al RETA, tiene la obligación de remitir información respecto de la situación de alta o baja de los profesionales colegiados integrados en la propia Mutualidad como alternativa al RETA, con carácter mensual.

Por consiguiente, para poder dar cumplimiento a esta obligación, a partir del 1 de marzo de 2021 y antes del día 15 del mismo mes, procederemos a informar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de todos aquellos mutualistas que se encuentren en situación de alta, por tanto, pagando la cuota correspondiente y al corriente de pagos en el seguro Mupiti Profesional. De la misma forma, informaremos de aquellos mutualistas que, durante los meses de enero y febrero, hayan solicitado la suspensión de este seguro o impagado alguna de las cuotas de dichos meses.

Así, en caso de estar ejerciendo por cuenta propia la profesión y no encontrarse de alta debidamente en el seguro Mupiti Profesional, deberá adecuarse la situación en la Mutualidad necesaria e inmediatamente, como instrumento de previsión conforme a la Disposición adicional decimonovena del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, ya que, de otra forma, no se podrá incluir en la relación mensual de profesionales colegiados integrados en Mupiti como alternativa al alta en el RETA.

Recordamos que en el caso de realizar el ejercicio libre por cuenta propia sin estar dado de alta en Mupiti como alternativa al RETA o, en su defecto, sin estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), esto puede ser considerado por la Administración constitutivo de una infracción administrativa en materia de Seguridad Social, lo cual determinaría que la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a la normativa vigente, acordaría su alta de oficio en el RETA, con efectos desde el día primero del mes natural en que se reúnan los requisitos para la inclusión en este régimen especial.

En tal caso, y sin perjuicio de las sanciones administrativas que procedieran por su ingreso fuera de plazo, las cotizaciones correspondientes a períodos anteriores a la formalización del alta serán exigibles, con los recargos que legalmente correspondieran.

Además del alta de oficio supondría, a todos los efectos, la opción por el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, por lo que, desde ese momento y hasta el cese definitivo de su actividad profesional, ya no le sería posible el uso de la cobertura ofrecida por la Mutualidad como alternativa al sistema público.

En Mupiti estamos a su disposición para cualquier aclaración o consulta.