Como cada año, te informamos de las nuevas tarifas del seguro Mupiti Profesional aprobadas por la Junta Directiva en la reunión celebrada el pasado 30 de noviembre, y que estarán vigentes a partir del 1 de enero del 2019.
La cuota mínima mensual del seguro pasará a ser de 245,23 euros, lo que supone una revalorización del 3%. Dicha revalorización aplicada, tiene que garantizar que la cuota, como mínimo, sea igual al 80% de la cuota mínima que haya que satisfacerse con carácter general en el RETA. En caso de que la revalorización de las bases mínimas de la Seguridad Social supere el 3% considerado, será necesario un nuevo recálculo en la cuota establecida para 2019.
También te informamos de las ventajas fiscales y sus límites, para que puedas aprovecharlas antes de que concluya el ejercicio.
La Ley 26/2014, que entró en vigor el 1 de enero del 2015, modificó el límite a considerar como gasto deducible de los ingresos por actividades económicas en las cantidades abonadas en virtud de los contratos de seguro, concertados con mutualidades que actúen como alternativa, incrementándolo al 100% de la cuota máxima por contingencias comunes establecidas en el RETA.
- Máximo deducible de tus ingresos por la actividad: 13.023,84 euros anuales.
Adicionalmente, la cantidad que exceda de la anterior puedes reducirla de la base imponible del IRPF, cuyo límite es la menor de las siguientes cantidades:
- 30% de los ingresos de los rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas.
- 8.000 euros